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Caso Gigli: El acusado va a juicio

Ya no será homicidio calificado, sino simple. Ahora, apareció una hipótesis de última hora presentada por la defensa.

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Esta mañana el fiscal del caso Luciano Garrido presentó la prueba correspondiente para sustentar su teoría del caso en contra de Octavio Gigli por haberle dado muerte a Guillermo Adrián Martínez de 7 puñaladas con un cuchillo de grandes dimensiones. El hecho ocurrió en la casa del acusado, entre las 20.00 del 31 de agosto y las 5.00 del 1 de septiembre de 2015.

Garrido sostuvo que la pretensión punitiva para el delito de “homicidio calificado por alevosía”, superará los 12 años de prisión, así que solicitó a la jueza María Evelina García fijar la competencia de un Tribunal Colegiado, cuestión que fue resuelta favorablemente. No obstante, y aunque la jueza admitió la acusación contra el imputado tal como la realizó la Fiscalía, calificó el hecho como “homicidio simple”.

La totalidad de la prueba propuesta por el representante del Ministerio Público Fiscal tuvo su adhesión por parte de la querella, y también por la defensa particular. Es así que declararán en las audiencias orales y públicas a desarrollarse el próximo año, todo el personal policial que intervino en la totalidad de las etapas de investigación (Área Policial de Investigaciones, Gabinete de Criminalística, Comisaría 3°, Comando Radioeléctrico), también los parientes tanto de la víctima como del acusado, entre ellos su ex-mujer y su hijo, y los testigos de actuación.

Asimismo serán citados el médico policial y el forense del Poder Judicial, éste último realizó la autopsia a la víctima, el titular de la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (O.I.TEL.) del Ministerio Público y la encargada del Laboratorio de Genética Forense de Bariloche.

Se tendrá en cuenta la prueba material que fue incorporada y que consiste en un ticket de la playa de estacionamiento donde Gigli dejó su camioneta estacionada en Buenos Aires, dos pares de zapatillas, un juego de llaves, una caja de madera con 6 cuchillos mango de madera, la camioneta del acusado, entre otros. La Fiscalía también mencionó la inclusión de un DVD con la reconstrucción virtual del hecho.

Cabe mencionar que García no admitió algunos testimonios propuestos por la defensa, esto es la prueba respecto a un posible conflicto entre la víctima y terceros. Sin embargo, permitió la incorporación de un testigo referente a ése tema. Tampoco hizo lugar a otro pedido de ésa parte, como los testimonios de los Jueces de Garantías Maximiliano Camarda y Margarita Carrasco, “ya que no son pertinentes ni útiles”.

Garrido sostuvo en la audiencia que “tenemos acreditado que el hecho ocurrió ese día y a esa hora, que el cuerpo fue hallado en la vivienda de Gigli, los rastros no dan cuenta de que haya habido otra persona más que Martínez y Gigli ese día. Se suma a esto que la llave que fue arrojada por el buzón correspondía a la del imputado. El indicio de culpabilidad que emerge de una persona que deja un cuerpo inerte en su casa, se va de la ciudad con un familiar -su hijo- sin dar aviso a nadie, deja su vehículo en una playa de estacionamiento en Buenos Aires y pasa a otro país sin encontrarse registro de salida por los pasos fronterizos habilitados, todo esto es suficiente para sostener esta acusación y pasar al juicio”.

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Solicitó la baja del servicio de TV y le debitaron 14 facturas más: Condenan a la empresa de cable

La compañía reconoció que el hombre solicitó la baja, pero alegó que, a los pocos días, pidió la reactivación del servicio.

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Un hombre solicitó la baja del servicio de televisión por cable. Lo hizo de manera personal en la sucursal de Roca. En esa ocasión tomó nota del número de trámite y se retiró del local. A pesar de las gestiones, la empresa siguió debitando el servicio. Desde ese momento, el hombre persiguió el reclamo por el reintegro de 14 facturas abonadas sin su consentimiento. Ante la falta de respuestas, recurrió al Poder Judicial.

El fuero Civil hizo lugar a la demanda por daños y perjuicios contra Telecom Argentina S.A. El Tribunal consideró que la empresa no brindó un trato digno al cliente ni proporcionó la información necesaria. Esta situación demoró la resolución del conflicto, lo que derivó en el reclamo judicial.

La empresa reconoció que el hombre solicitó la baja, pero alegó que, a los pocos días, pidió la reactivación del servicio. Según su versión, el vínculo contractual continuó durante un año y dos meses más.

La jueza consideró que la proveedora del servicio no presentó el contrato actualizado ni documentación suficiente sobre la presunta recontratación. La empresa, finalmente, también reconoció un saldo a favor del cliente, correspondiente a ajustes por facturación indebida.
La magistrada explicó que «el incumplimiento de la carga probatoria constituye una presunción en contra de los proveedores, en tanto es la parte fuerte de la relación de consumo quien se encuentra en mejor posición para aportar una evidencia que acredite la finalización de la relación de consumo y la presunta renovación del servicio».

Un peritaje informático reveló una solicitud telefónica de anulación del servicio, lo que despejó dudas sobre la supuesta reactivación. Incluso en su sistema interno, la empresa consignó «no lo quiere», en referencia al servicio.

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Condenaron a 10 años de prisión al cuarto acusado por el homicidio de Oscar Ripari

El brutal hecho ocurrió en diciembre del año pasado en la zona norte de Roca, en una vivienda ubicada lindante a una carnicería.

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El último imputado por el homicidio de Oscar Ripari, ocurrido en diciembre del año pasado en General Roca, fue condenado a 10 años de prisión tras reconocer su participación en el hecho, al igual que los otros tres coautores ya sentenciados.

La calificación legal aceptada fue la de homicidio en ocasión de robo, según los artículos 45 y 165 del Código Penal.

Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía en el acuerdo abreviado se destacan los procedimientos realizados por el personal de la Comisaría 21°, múltiples allanamientos, entrevistas testimoniales, informes del Departamento de Informática Forense del Poder Judicial y de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (O.I.Tel.) de Procuración General, además del análisis de celulares secuestrados y las imágenes captadas por las cámaras del 911.

El hecho ocurrió el 10 de diciembre de 2024, minutos antes de las 4.20, en una vivienda ubicada sobre Cardenales casi San Juan, margen sur, lindante a la carnicería La Familia.

Según la investigación, el imputado -junto a los demás condenados- ingresó sin autorización al domicilio de la víctima con fines de robo, tras violentar varias puertas. Una vez dentro, golpearon a Ripari, provocándole una hemorragia interna por desgarro del bazo, lesión que le causó la muerte horas después.

Posteriormente, los agresores sustrajeron la billetera del hombre, dinero en efectivo, tarjetas, su celular y mercadería de la carnicería, entre ellas unos 10 costillares de carne y varias cajas de pollo, que fueron trasladadas a una vivienda alquilada por uno de los involucrados.

Tras un cuarto intermedio, y con el acuerdo de las partes de renunciar a los plazos procesales, el Tribunal Colegiado condenó al hombre de 32 años a 10 años de prisión, más las accesorias legales, costas y la declaración de reincidencia que ya registraba.

De esta manera, el condenado comenzó a cumplir la pena desde este viernes (17/10).

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Imputaron a la dueña de una agencia de viajes que vendía traslados a Italia que nunca se realizaron

La mujer está bajo investigación del Ministerio Público Fiscal. Se ordenó la inhibición de bienes y la presentación diaria ante la Justicia.

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Ayer (17/10) por la tarde, el Ministerio Público Fiscal de General Roca solicitó la aplicación de estrictas medidas cautelares contra una mujer investigada por presunta estafa en la venta de viajes al exterior.

Según la acusación, el hecho bajo investigación habría ocurrido entre octubre de 2024 y agosto de 2025, en un local ubicado sobre calle Mitre 930 de Roca, donde la imputada -representante de una empresa de viajes Lola Tour se habría ganado la confianza de un grupo de personas a las que ofreció paquetes turísticos a Italia.

De acuerdo con la Fiscalía, la mujer emitía comprobantes falsos y aparentaba tener la capacidad para brindar el servicio. Sin embargo, nunca gestionó los pasajes ni las reservas de alojamiento, y llegada la fecha del viaje, éste no se concretó.

Las víctimas, integrantes de un grupo de estudio, habrían abonado la totalidad del paquete, sin recibir el reintegro del dinero pese a los reclamos reiterados. «De esa manera, les ocasionó un perjuicio patrimonial significativo», explicó la representante fiscal durante la audiencia.

Entre las pruebas reunidas por el Ministerio Público se encuentran 15 denuncias formales, testimonios, el allanamiento de la vivienda de la acusada y el secuestro de documentación vinculada a las operaciones.

Tras el pedido del Ministerio Público Fiscal, la jueza interviniente ordenó la inhibición general de todos los bienes de la mujer, el bloqueo de sus cuentas bancarias y la obligación de presentarse diariamente en la Fiscalía.

En caso de incumplir las medidas impuestas, la Fiscalía podrá solicitar una nueva audiencia para evaluar sanciones más severas y garantizar el avance de la causa.

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