Río Negro
El cronograma de pago de sueldos estatales comenzará con Policía y Salud
Iniciará el martes 3 de septiembre.

Este martes 3 de septiembre comenzará el calendario de pagos de las y los trabajadores públicos y continuará hasta el jueves 5. De este modo, se sigue cumpliendo el acuerdo paritario trimestral con los gremios, que abarca los meses de julio, agosto y septiembre.
El cronograma de pagos comenzará el martes 3 de septiembre, con el depósito de los haberes para los trabajadores de Salud Pública, incluyendo guardias y horas extras, así como para la Policía y el Servicio Penitenciario Provincial.
El miércoles 4 de septiembre será el turno de los empleados de Educación, tanto docentes como porteros. Finalmente, el jueves 5 se completará el calendario con el pago a los empleados incluidos en la Ley 1844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios y agentes de los poderes Legislativo, Judicial y Organismos de Control.
El acuerdo trimestral alcanzado ofrece aumentos de $50.000, $60.000 y $70.000, cada mes según categoría y agrupamiento, con el adicional de que las sumas son bonificables. Conforme a lo ya acordado, se reitera el acuerdo trimestral acordado en la Mesa de la Función Pública:
Agentes no profesionales bajo la Ley N° 1844
- Categorías 1 a 11: $50.000 en julio, $50.000 en agosto y $50.000 en septiembre
- Categorías 12 a 14: $60.000 en julio, $60.000 en agosto y $60.000 en septiembre
- Categorías 15 a 20: $70.000 en julio, $70.000 en agosto y $70.000 en septiembre
Agentes profesionales de pregrado bajo la Ley N° 1844
- Categorías 8 a 11: $50.000 en julio, $50.000 en agosto y $50.000 en septiembre
- Categorías 12 a 14: $60.000 en julio, $60.000 en agosto y $60.000 en septiembre
- Categorías 15 a 21: $70.000 en julio, $70.000 en agosto y $70.000 en septiembre
Agentes profesionales de grado bajo la Ley N° 1844
- Categorías 12 a 14: $60.000 en julio, $60.000 en agosto y $60.000 en septiembre
- Categorías 15 a 23: $70.000 en julio, $70.000 en agosto y $70.000 en septiembre
Agentes profesionales de posgrado bajo la Ley N° 1844
- Categorías 16 a 25: $70.000 en julio, $70.000 en agosto y $70.000 en septiembre
Para agentes del escalafón sanitario bajo la Ley N° 1904
Profesionales médicos (44 horas semanales)
- Agrupamiento primero: $70.000 en julio, $70.000 en agosto y $70.000 en septiembre
- Agrupamiento segundo: $60.000 en julio, $60.000 en agosto y $60.000 en septiembre
Profesionales no médicos (44 horas semanales)
- Agrupamiento primero: $70.000 en julio, $70.000 en agosto y $70.000 en septiembre
- Agrupamiento segundo: $60.000 en julio, $60.000 en agosto y $60.000 en septiembre
- Agrupamiento tercero: $50.000 en julio, $50.000 en agosto y $50.000 en septiembre
Judiciales
En pleno enero esperaron 15 horas a la grúa con un calor sofocante: El seguro deberá responder
Fue en la Ruta Nacional N° 250, en cercanías a Pomona.

Una mujer que viajaba desde Choele Choel hacia Viedma sufrió un desperfecto mecánico en la Ruta Nacional N° 250, cerca de Pomona. Eran las 5 de la tarde, en pleno enero. El calor era sofocante, la temperatura superaba los 40°C. En el vehículo se trasladaba junto a su sobrina. Llamó al seguro. Su póliza incluía servicio de grúa las 24 horas. Desde la empresa aseguradora le informaron que el remolque demoraría aproximadamente 4 horas. Pero recién llegó a la mañana siguiente.
A las pocas horas de espera, el vehículo quedó sin batería, lo que las obligó a permanecer sin aire acondicionado ni posibilidad de comunicación constante. Se comunicaron repetidamente con el número de la aseguradora, pero sin soluciones.
Cerca de las 8, apareció el vehículo de remolque, cuando el sol ya volvía a levantar la temperatura sobre el asfalto. Así, las dos mujeres pasaron más de 15 horas dentro del auto, sin poder desplazarse, en un tramo desolado de la ruta y con escasa señal telefónica.
Durante la noche permanecieron en el vehículo con las ventanillas abiertas para soportar el calor que aún a medianoche seguía siendo intenso. La sentencia destacó las condiciones climáticas extremas y la situación de vulnerabilidad que atravesaron, sin agua ni información precisa sobre la hora en que llegaría la asistencia. La mujer realizó reiteradas llamadas al servicio de auxilio, pero solo recibía respuestas evasivas o nuevos plazos que nunca se cumplieron.
El fuero civil de Viedma consideró probado el incumplimiento contractual por parte de la aseguradora, al no brindar el servicio en tiempo y forma pese a ofrecerlo como disponible las 24 horas, los 365 días del año. Valoró además que la empresa no aportó los registros de las comunicaciones ni justificó la demora, lo que reforzó su responsabilidad.
El caso se resolvió mediante un proceso de tramitación simplificada, una modalidad prevista en el Código Procesal Civil, Comercial y de Minería de Río Negro para causas de baja complejidad, como las de consumo. Este procedimiento permite concentrar todo el debate en una única audiencia multipropósito, donde se producen las pruebas, se escuchan los alegatos y el juez o jueza puede dictar sentencia de forma oral o escrita en plazos abreviados. Su objetivo es agilizar los procesos y garantizar una respuesta judicial más rápida en conflictos que no requieren un trámite extenso.
La resolución consideró acreditado el daño moral derivado de la angustia, el desamparo y la incertidumbre que vivieron las ocupantes del vehículo durante toda la noche, expuestas al calor y a la oscuridad de la ruta. También ordenó una reparación ejemplificadora y dispuso que la aseguradora publique la decisión en un medio digital, como medida disuasiva frente a prácticas que vulneran los derechos de las y los consumidores.
Judiciales
Ordenan eliminar un video de YouTube y Google por vulnerar el derecho a la intimidad
Mostraba la imagen de una mujer sin su consentimiento.

Un fallo de El Bolsón ordenó a Google Argentina y a YouTube eliminar un video que mostraba sin consentimiento la imagen de una mujer. La jueza interviniente entendió que la difusión vulneraba su derecho a la intimidad, la dignidad y la propia imagen, y dispuso una intervención urgente para detener la persistencia del daño.
La mujer había detectado que su imagen aparecía en un contenido alojado en YouTube acompañado de expresiones que, según explicó, afectaban su vida personal y su entorno más cercano. Ante la negativa o inacción de las plataformas, acudió al juzgado de Multifueros de El Bolsón para solicitar la eliminación del material y la prohibición de futuras publicaciones.
El planteo se presentó a través de una medida autosatisfactiva, una figura procesal que permite la protección inmediata de un derecho cuando existe una afectación grave y no hay otra vía eficaz para detenerla La jueza consideró que el caso reunía los requisitos de procedencia: una fuerte probabilidad del derecho invocado, la urgencia manifiesta y la necesidad de evitar un perjuicio irreparable.
En su análisis, la magistrada destacó que la exposición pública de la imagen de una persona sin consentimiento constituye una injerencia ilegítima en su vida privada y una afectación directa a su dignidad. Señaló además que el contenido del video, difundido por un medio de comunicación, incluía descripciones injuriantes, y que la afectada «pudo razonablemente sentir que sufrió una lesión a sus derechos personalísimos». Añadió que «cualquier persona merece ser respetada en su dignidad, reputación y propia imagen, y que constituye una vulneración de este derecho humano fundamental verter el tipo de acusaciones que se realizan en el video».
El fallo recordó que los derechos personalísimos -como el honor, la imagen y la intimidad- están protegidos por la Constitución Nacional, el Código Civil y Comercial y los tratados internacionales de derechos humanos. También abordó el conflicto entre la libertad de expresión y los límites que impone la protección de la persona, y sostuvo que ningún derecho es absoluto. En esa línea, la jueza citó jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para remarcar que una restricción puede ser legítima si evita una afectación desmedida de otro bien jurídico de igual o mayor jerarquía.
La resolución advierte que las redes sociales, al amplificar sin control ciertos contenidos, pueden generar «condenas sociales» que sustituyen los procedimientos judiciales y producen daños personales difíciles de reparar. En ese sentido, la magistrada subrayó que la libertad de expresión no puede transformarse en una «licencia para agraviar» ni servir de amparo a publicaciones que lesionan la integridad moral de una persona.
En este caso, el juzgado ordenó la eliminación del segmento del video en el que se registraba la imagen de la mujer -a partir del minuto 17:49- y limitó el alcance de la medida exclusivamente a ese tramo, con el fin de evitar cualquier afectación a otros contenidos lícitos o al derecho de terceros a acceder a la información. Las empresas demandadas deberán cumplir la orden bajo apercibimiento de multa.
En palabras de la jueza, el avance tecnológico impone al derecho la obligación de repensar los mecanismos de tutela para asegurar que las garantías tradicionales -honor, reputación e imagen- sigan siendo efectivas en el espacio virtual.
Política
«Será en la Libertad Avanza y Fuerza Patria donde deberán encontrarse las respuestas a los grandes asuntos nacionales que afectan a la provincia»
Así lo expresó el gobernador Weretilneck tras conocer los resultados que dejaron a Juntos Somos Río Negro sin bancas en el Congreso.

El gobernador Alberto Weretilneck agradeció a todas y todos los rionegrinos que acompañaron a Juntos Defendemos Río Negro, y destacó el compromiso de los intendentes, comisionados de fomento, militantes y fiscales «que defendieron con convicción una propuesta verdaderamente provincial». Felicitó a las fuerzas nacionales que obtuvieron el acompañamiento mayoritario y señaló que «será en esos espacios donde deberán encontrarse las respuestas a los grandes asuntos nacionales que afectan a la provincia».
«Como buenos demócratas que somos, aceptamos la opinión y la voz de cada rionegrina y cada rionegrino. Está claro que han optado porque la voz de la provincia ante la Nación la representen los partidos nacionales», remarcó en diálogo con la prensa desde Cipolletti.
Y en ese sentido, subrayó que «no se puede pedir ahora a los intendentes o al Gobierno Provincial la solución de los temas nacionales, cuando una parte importante del pueblo rionegrino decidió que sean los partidos nacionales quienes los resuelvan y gestionen».
Adelantó que desde el Gobierno Provincial «vamos a seguir ocupándonos de lo que nos corresponde: de la gestión diaria, de los municipios, de las comisiones de fomento y de cada necesidad concreta de nuestra provincia».
El mandatario remarcó que, más allá del resultado, la gestión provincial seguirá firme. «La defensa de Río Negro no termina en una elección. Mañana, como siempre, estaremos trabajando por todos los rionegrinos, gestionando obras, salud, educación y oportunidades. Seguiremos siendo los mismos», indicó.
Finalmente, Weretilneck concluyó que «Río Negro es una provincia que no baja los brazos. Vamos a seguir defendiendo lo nuestro con respeto, diálogo y trabajo, porque la defensa nace acá, en nuestra tierra y con nuestra gente».









