Judiciales
Solicitan 12 de años de prisión para hombre que abusó de una menor en reiteradas oportunidades
Los hechos ocurrieron en Cervantes entre el 2005 y hasta el 2010.

El fiscal jefe Andrés Nelli solicitó que se condene a un hombre a 12 años de prisión efectiva por el delito de “abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por ser el encargado de la guarda, y contra una menor e 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente, reiterado en un número indeterminado de oportunidades, en concurso real con promoción de la corrupción agravada por ser una persona conviviente y encargada de la guarda” (Art. 45, 55, 119 2do párrafo y 4to párrafo en función de los incs. b) y f), 54, 125 3er párrafo del Código Penal).
En sus alegatos, el fiscal jefe resaltó que “el abuso sexual simple resulta gravemente ultrajante por la duración en el tiempo y también por las circunstancias de su realización. Los hechos se encuentran agravados por haber sido cometidos contra una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente y por el encargado de la guarda. Circunstancias que surgen con claridad del relato de la menor y de su progenitora. Se le atribuye además al imputado haber promovido a la corrupción de la menor. Corromper significa depravar. Son corruptos los actos sexuales prematuros, perversos, excesivos. Con sólo repasar el relato de la víctima se advierte que reúnen estas características. Se trata de un delito de dolo directo, el autor debe saber que tiende a promover la corrupción de la menor. Bastante con que el acto cumplido tenga la capacidad e idoneidad suficiente para torcer el instinto sexual”.
Asimismo, Nelli rescató la pericia psicológica llevada a cabo por la psicóloga forense del Poder Judicial a la víctima, donde se señala que “el relato brindado se evalúa como creíble, con una elaboración inestructurada en la que surgen detalles de espacio, tiempo, interacciones, sentimiento y emociones, adecuación del lenguaje, conocimiento y del afecto. Del discurso de la niña surge que al momento del hecho, el acontecimiento vivido y especificado lo habría experimentado como algo imprevisto, como un ataque que habría desbordado su capacidad de asimilación y tolerancia”.
Según la acusación fiscal, “los hechos ocurrieron en fecha no determinada con exactitud pero ubicable desde el año 2005 hasta el 2010, desde los 8 años de la niña hasta los 13 aproximadamente, en el domicilio donde vivía la víctima junto a su madre y la pareja de ésta en la localidad de Cervantes. Los abusos ocurrían cuando la madre se ausentaba del hogar y el hombre quedaba al cuidado de la menor”.
Cabe mencionar, el acompañamiento denodado, tal como ocurre en otros casos, del equipo de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI) tanto a la víctima como a su familia. Durante las etapas de este proceso la OFAVI mantuvo sendas entrevistas tanto con la joven como con su progenitora.
El imputado cuenta con una prohibición de acercamiento de 200 metros a la víctima como tampoco de llevar a cabo cualquier acción o práctica de violencia psíquica y/o física, como ser hostigar, intimidar, amenazar, dañar, poner en peligro o de cualquier cosa que atente contra la integridad de la víctima, ésto bajo apercibimiento de ordenarse su detención e iniciar una causa por desobediencia.
La lectura de la sentencia será el próximo miércoles 4 de abril a las 12.00.
Judiciales
Fueron halladas la mujer embarazada de siete meses y a su hija de 2 años
Habían sido vistas por última vez el domingo alrededor de las 15 horas.

La búsqueda de una mujer de 37 años, embarazada de siete meses, y de su hija de apenas 2 años quedó formalmente desactivada luego de que fueran halladas en buen estado de salud.
La mujer había sido visto por última vez el domingo (13/09) alrededor de las 15 horas junto a su hija, cuando se dirigían a la plaza La Esperanza. Desde entonces, el último contacto registrado había sido a través de WhatsApp a las 19.21, dato que generó preocupación entre sus familiares.
A partir de la denuncia comenzó la reconstrucción del posible recorrido realizado por madre e hija y se activaron los recursos destinados a establecer dónde se encuentran. En las tareas participaron efectivos de la Brigada de Investigaciones y personal especializado con perros adiestrados.
Finalmente, pasado el mediodía de hoy (15/09) fueron halladas en buen estado de salud, se las trasladó a la Subcomisaría 69° y tomó intervención la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) debido a que hay una menor involucrada.
Judiciales
Se divorciaron en España y 17 años después lograron inscribir la sentencia en Río Negro
La sentencia había sido dictada por un juzgado español en diciembre de 2009. Para que tuviera efectos en Argentina, fue necesario realizar un procedimiento de reconocimiento judicial.

Una pareja que se había casado en Chimpay logró que la Justicia de Río Negro reconociera e inscribiera una sentencia de divorcio dictada en España hace 17 años.
La pareja se había radicado en España y, con el paso del tiempo, decidió poner fin a la vida en común. En diciembre de 2009, un juzgado de Palma de Mallorca dictó la sentencia que formalizó el divorcio de mutuo acuerdo.
Si bien la decisión tenía plena vigencia en España, para que también produjera sus efectos en Argentina era necesario realizar un procedimiento de reconocimiento judicial de la sentencia extranjera.
El hombre se presentó ante el Poder Judicial y solicitó la inscripción del divorcio ante el Registro Civil y Capacidad de las Personas de Río Negro. Durante el trámite, la mujer prestó su conformidad expresa con el pedido.
Entre la documentación incorporada al expediente se presentó el testimonio de la sentencia dictada en España, acompañado por el correspondiente certificado de La Haya, destinado a acreditar la autenticidad del documento público extranjero.
Una jueza de Familia de Luis Beltrán hizo lugar a la solicitud y ordenó inscribir la sentencia de divorcio en el Libro de Extraña Jurisdicción del Registro Civil provincial.
Para resolver, el fallo tuvo en cuenta la Ley Nacional N° 26.413, que contempla la inscripción de matrimonios y de las sentencias que los disuelven cuando fueron dictadas en otros países y cumplen con las exigencias legales. También se consideraron las disposiciones del Código Civil y Comercial referidas a los actos celebrados en el extranjero y la Convención de La Haya sobre apostilla.
La magistrada señaló que «no se advierte la existencia de alguno de los impedimentos previstos en el Código Civil y Comercial». Además, destacó que tanto el Registro Civil como el Ministerio Público Fiscal se pronunciaron sin objeciones sobre la procedencia del trámite.
El procedimiento de reconocimiento o ejecución de una sentencia extranjera permite que una decisión judicial dictada en otro país produzca los efectos correspondientes en Argentina. En este caso, no se volvió a discutir el divorcio, sino que se verificó que la resolución española reuniera las condiciones necesarias para ser reconocida e inscripta en el país.
Con todos los recaudos cumplidos y la conformidad de ambas personas divorciadas, la Justicia provincial ordenó finalmente la inscripción de la sentencia.
Judiciales
Un adolescente de 16 años quedó imputado por el homicidio de Mauricio Molinez
Según la Fiscalía, dos personas habrían pasado en moto frente al domicilio donde estaba la víctima y efectuado disparos. Un hombre mayor de edad también tiene pedido de captura.

Un adolescente de 16 años quedó imputado por el homicidio agravado por el uso de arma de fuego de Mauricio Sebastián Molinez, de 19 años, ocurrido durante la noche del 9 de septiembre en General Roca.
La Fiscalía había solicitado un allanamiento con orden de detención del adolescente. Durante la audiencia, el joven fue asistido por un defensor de menores penal.
El fiscal Daniel Zornitta solicitó como medida cautelar la prisión domiciliaria con tobillera electrónica, bajo responsabilidad de su padre, para evitar que abandone el domicilio hasta que se concrete la formulación de cargos. La Fiscalía fundamentó el pedido en la existencia de riesgos procesales, entre ellos el peligro de fuga y el posible entorpecimiento de la investigación.
Según explicó el Ministerio Público Fiscal, en el domicilio donde se encontraba la víctima fatal también había al menos dos menores. De acuerdo con la hipótesis investigada, entre las 20 y las 23 dos personas habrían pasado en una motocicleta frente a la vivienda y efectuado disparos que provocaron la muerte de Molinez. Uno de los involucrados es el adolescente y el otro, un hombre mayor de edad, tiene un pedido de captura vigente.
La Fiscalía informó además que se realizaron otros allanamientos, en los que fue posible encontrar una motocicleta y otros elementos de interés para la causa.
Entre las evidencias reunidas se encuentra el informe de autopsia, durante la cual se extrajo un proyectil que será sometido a peritaje. También se cuenta con un informe preliminar del Gabinete de Criminalística, cuyos integrantes levantaron vainas servidas en el lugar y constataron impactos de disparos en el frente de la vivienda.
La Brigada de Investigaciones trabajó en la toma de declaraciones testimoniales y en la recepción de evidencias.
Durante la audiencia, la Fiscalía señaló además que algunos testigos tendrían temor de brindar su versión de lo ocurrido, situación que fue incorporada como uno de los fundamentos para solicitar las medidas cautelares.
Finalmente, el juez de Garantías Julio Martínez Vivot resolvió en el mismo sentido que lo solicitado por la Fiscalía y dispuso la prisión domiciliaria con tobillera para el adolescente.
Por tratarse de un menor de edad, no se brindan nombres, domicilios, imágenes ni otros datos que permitan identificarlo, ni precisiones que puedan afectar sus derechos de intimidad y privacidad.





