Seguinos

Judiciales

Las cifras de los cinco juicios por jurados de 2021 en Río Negro

En Roca se desarrolló el proceso judicial por la muerte de una niña de 3 años en la cercanías de Los Menucos.

el

Cinco juicios por jurados se hicieron en 2021 en Río Negro. De esta manera, la totalidad de las circunscripciones judiciales ya vivieron al menos una vez esta modalidad que significa la última etapa de la Reforma Procesal Penal de la provincia.

Los cinco juicios por jurados terminaron con veredictos de culpabilidad para 7 personas: 6 varones y una mujer. Tres fueron por muertes violentas y dos por abusos de niñas.

Los primeros cuatro juicios tuvieron veredictos unánimes de las 12 ciudadanas y ciudadanos que conformaron el jurado popular. En cambio, el último, la declaración de culpabilidad llegó con la mayoría especial mínima que requiere el Código: 10 de los 12 jurados. Además, fue la deliberación más extensa: duró más de 8 horas.

Tras los juicios de cesura, dos personas fueron condenados a prisión perpetua, una a 16 años, otra a 14, una a 11 y medio, una a 6 y la última a 3 años y 8 meses.

Antes de la pandemia, en Bariloche se había realizado el primer juicio por jurado. Una mujer fue absuelta por unanimidad de la acusación por homicidio.

Además, los juicios por las muertes violentas implicaron las primera transmisiones por youtube de debates penales que realizó el Poder Judicial de Río Negro. De esta manera, en pandemia, la ciudadanía tuvo mayor acceso a esta modalidad de participación popular.

Un dato relevante es la celeridad que tiene el nuevo sistema penal en Río Negro: en los tres casos de muertes violentas, los hechos habían ocurrido un año o menos antes del juicio. Este dato es compatible con las cifras de la Oficina Judicial: 120 días hábiles dura un proceso penal en promedio en Río Negro desde la formulación de cargos hasta la sentencia de primera instancia.

Los casos

En Cipolletti se llevó a cabo el primer juicio por jurados de el Alto Valle. Tras el debate, el jurado popular consideró por unanimidad que Ezequiel Rebolledo era culpable por el femicidio de Agustina, ocurrido en Catriel.

En Roca se desarrolló el juicio por jurados por la muerte de una niña de 3 años en la cercanías de Los Menucos. Doce ciudadanas y ciudadanos declararon culpable por el homicidio a la pareja de la mamá y por abandono de persona a la madre. Finalmente, fueron sentenciados a cadena perpetua y 6 años y medio de prisión respectivamente, tras las apelaciones al Tribunal de Impugnación.

En Viedma, tras la deliberación, el jurado popular emitió su veredicto por unanimidad por la muerte de una persona en las cercanías de Sierra Grande. Dos personas se hallaban acusadas. El padre, Víctor Massetta, fue declarado culpable de homicidio agravado por el uso de armas. El hijo, César, fue hallado responsable de lesiones leves dolosas, también agravadas por el uso de armas. Ambos, además, fueron encontrados culpables de abuso de armas. Luego recibieron penas de 11 años y medio y 3 años y 8 meses, respectivamente.

El cuarto juicio tuvo lugar en Bariloche, aunque ventiló hechos ocurridos en otra ciudad. Por unanimidad el jurado popular declaró culpable a un hombre por delitos de abuso sexual contra la una niña hija de su pareja. Fue condenado a 14 años.

El último juicio por jurados del año también se dio en Bariloche. Tras la deliberación más larga en la breve historia rionegrina, y en el único caso que se definió por mayoría (10 de los 12 votos) y no por unanimidad, se declaró culpable a un hombre por abuso sexual de una niña. Finalmente, fue condenado a 16 años de prisión.

Judiciales

Condenan a 13 años de prisión a un integrante de la banda de violentas entraderas en Roca

El condenado admitió haber participado en ocho hechos delictivos. La pena unifica una condena previa que le había sido impuesta en suspenso.

el

Un hombre fue condenado a una pena única de 13 años de prisión tras reconocer su participación en ocho hechos delictivos como integrante de una asociación ilícita que cometía violentas entraderas en el Alto Valle, varias de ellas en General Roca. La sentencia fue dictada este martes mediante un juicio abreviado, luego de que el acusado admitiera su responsabilidad en los delitos investigados por el Ministerio Público Fiscal.

La pena surge de la unificación de una condena de 11 años por los hechos reconocidos con otra condena previa de 2 años de prisión condicional, que fue revocada al comprobarse que el imputado volvió a delinquir. El pedido había sido formulado por la fiscal Belén Calarco, junto a las fiscales Verónica Villarruel y Eugenia Vallejos.

Durante una audiencia realizada por videoconferencia, el juez Fernando Sánchez Freites, quien presidió el Tribunal integrado además por Luciano Garrido y Julio Martínez Vivot, detalló cada uno de los hechos atribuidos al acusado y homologó el acuerdo alcanzado entre las partes.

Los 11 años de prisión corresponden a los delitos de asociación ilícita, robos agravados por haber sido cometidos en lugar poblado y en banda, utilizando armas de fuego impropias, y en algunos casos también por privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia contra las víctimas.

Asimismo, el Tribunal hizo lugar al planteo del Ministerio Público Fiscal para revocar la condena condicional anterior, conformando una pena única de 13 años de prisión efectiva. También dispuso la declaración de reincidencia y el pago de las costas del proceso.

El condenado permanece detenido con prisión preventiva desde el inicio de la investigación y comenzará a cumplir formalmente la condena en los próximos días, ya que al aceptar el juicio abreviado renunció a los plazos de apelación.

De acuerdo con la investigación, la organización delictiva realizaba tareas de inteligencia sobre las viviendas elegidas y utilizaba vehículos previamente robados para trasladarse. Una vez en el lugar, sus integrantes ingresaban violentamente tras escalar techos y paredones, reducían a las víctimas mediante amenazas con armas de fuego, las ataban con alambres o precintos y exigían la entrega de dólares, dinero en efectivo y objetos de valor.

Además de dinero y joyas, la banda sustraía equipos electrónicos y los DVR donde se almacenaban las imágenes de las cámaras de seguridad, con el objetivo de eliminar evidencia de los robos.

La investigación fue desarrollada por una Comisión Investigativa Judicial de la Policía de Río Negro creada especialmente para esclarecer esta serie de hechos, bajo la coordinación del Ministerio Público Fiscal. La causa continúa abierta y otros 11 imputados permanecen con prisión preventiva mientras avanzan los procesos judiciales en su contra.

Continuar leyendo

Judiciales

Imputaron al conductor de la camioneta por la muerte de Jairo Lavacara en Guerrico

El Ministerio Público Fiscal atribuyó al joven de 22 años una maniobra negligente al girar en U sobre una calle rural de Guerrico.

el

La Justicia imputó este martes (07/07) a un joven de 22 años por el choque ocurrido el domingo (05/07) por la tarde en una calle rural de Guerrico, que terminó con la muerte de Jairo Agustín Lavacara, el motociclista de 19 años oriundo de General Roca.

Durante la audiencia de formulación de cargos, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que el imputado conducía una Volkswagen Tiguan y que, alrededor de las 18.15, se encontraba detenido sobre la banquina en la intersección de las calles Ceferino Namuncurá y Nahuel Huapi. Según la acusación, inició una maniobra de giro en U «sin verificar y de manera negligente y antirreglamentaria», interponiéndose en la trayectoria de varias motocicletas que circulaban por el lugar.

Siempre de acuerdo con la hipótesis fiscal, una Honda CRV 250 conducida por Lavacara no logró evitar la colisión contra el lateral izquierdo de la camioneta. Como consecuencia del fuerte impacto, el joven sufrió lesiones de extrema gravedad que le provocaron la muerte.

El fiscal Ricardo Romero atribuyó al conductor el delito de homicidio culposo por la conducción negligente y antirreglamentaria de un vehículo automotor, calificación que fue aceptada por la jueza de Garantías María Gadano, quien tuvo por formulados los cargos e inició formalmente la investigación penal.

Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía figuran el acta de procedimiento confeccionada por la Comisaría 54° de Allen, testimonios de personas que viajaban en la Tiguan, la documentación del vehículo, la póliza de seguro, la licencia de conducir del imputado, el resultado negativo del test de alcoholemia, el informe técnico del Gabinete de Criminalística y las fotografías obtenidas durante las pericias realizadas en el lugar del siniestro.

Por su parte, el defensor particular Miguel Zeballos Díaz se opuso a la formulación de cargos y destacó que su asistido permaneció en el lugar del hecho, dio aviso a la Policía e intentó asistir a la víctima tras el choque.

En cuanto a las medidas cautelares, la Fiscalía solicitó que el imputado deba presentarse periódicamente en una comisaría, mantener el domicilio informado ante la Justicia, conservar su número telefónico, abstenerse de cometer nuevos delitos, no consumir estupefacientes y no mantener contacto con familiares o allegados de la víctima.

La jueza hizo lugar al pedido fiscal, impuso las medidas cautelares solicitadas y fijó un plazo de cuatro meses para el desarrollo de la investigación penal preparatoria.

Continuar leyendo

Judiciales

Deberán indemnizar a un automovilista tras el desprendimiento de una rueda de auxilio en Ruta N° 22

El fallo rechazó la defensa del conductor, quien había negado manejar la camioneta al momento del hecho, y también responsabilizó al titular del vehículo.

el

Un hombre circulaba por la Ruta Nacional N° 22 y a la altura de Roca, una situación inesperada cambió su recorrido. La rueda de auxilio de una camioneta que ingresaba a la ruta se desprendió de la caja del vehículo, salió despedida y golpeó de frente su automóvil.

El impacto provocó importantes daños en el auto Ford Fiesta. Además de las reparaciones, el conductor perdió la posibilidad de utilizar el vehículo durante un tiempo y afrontó una disminución en su valor de reventa como consecuencia del siniestro.

Ante esa situación, el propietario del automóvil inició una demanda por daños y perjuicios contra el conductor de la camioneta y contra su titular registral. El fuero civil de Roca declaró responsables a ambos demandados y ordenó la indemnización por los daños materiales, la privación de uso y la desvalorización del vehículo.

La sentencia señaló que el desprendimiento de la rueda de auxilio configuró un supuesto de responsabilidad objetiva. En ese marco, consideró acreditado que la rueda provenía de la camioneta involucrada y que fue la causa del daño sufrido por el automóvil.

La jueza explicó que el caso se resolvió con base en la teoría del riesgo creado. Esa regla establece que quien utiliza un vehículo debe responder por los daños que ese vehículo cause, aun cuando no se pruebe una conducta negligente. En este caso, el riesgo se concretó cuando la rueda de auxilio se desprendió de la camioneta e impactó contra otro automóvil.

El fallo también descartó el planteo del conductor, quien afirmó que no manejaba la camioneta al momento del accidente. La magistrada valoró la denuncia presentada ante la aseguradora, la prueba incorporada al expediente y la falta de elementos que respaldaran esa versión.

Respecto del titular registral, la resolución recordó que la normativa vigente establece su responsabilidad por los daños ocasionados por el vehículo, salvo que demuestre una causa de eximición. Como no compareció al proceso ni acreditó ninguna circunstancia que lo liberara de responder, la jueza confirmó también su responsabilidad.

Al fijar la indemnización, la sentencia reconoció el costo actualizado de la reparación del automóvil. Además contempló una compensación por los días en que el hombre no pudo utilizarlo y otro monto por la pérdida de valor comercial.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement