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Judiciales

Condenan a un sargento de Los Menucos por abusos sexual y lesiones con violencia de género

Los hechos se remontan a abril del año pasado. El imputado llegó a juicio en libertad y actualmente cumple funciones en la Comisaría N° 18 de Los Menucos.

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Los jueces de la Cámara Criminal Primera de Roca, por unanimidad, condenaron a un sargento de la Policía de Río Negro a 5 años de prisión efectiva por los delitos de «violación de domicilio, lesiones leves calificadas, abuso sexual simple y coacción calificada por el uso de arma, todos en concurso real». La víctima fue una empleada civil de la Policía que había mantenido una relación de pareja con el acusado.

Los jueces Emilio Stadler (voto rector), Daniel Tobares y Alejandro Pellizzon coincidieron en que «la violencia de género ha teñido todo el accionar desplegado por el prevenido, aprovechándose de la mayor vulnerabilidad de la víctima, por tal condición, y por tratarse -además- de una subalterna de la misma repartición policial».

El imputado llegó a juicio en libertad y actualmente cumple funciones en Los Menucos. Los hechos investigados ocurrieron en otra localidad de la Línea Sur en abril de 2015, en el domicilio de la víctima.

Según sostuvo en el juicio el Fiscal de Cámara Andrés José Nelli, el acusado ingresó por una ventana e «intentó ahorcar» a la mujer «mientras le reclamaba por no atender sus llamados telefónicos». A eso siguieron «cachetadas, patadas y golpes de puño», en el marco de una agresión sexual que fue resistida por la víctima. En su declaración la mujer recordó amenazas con frases como «que no debía estar con nadie más, que la haría mierda y que de no estar con él, no estaría con nadie, porque siempre iba a ser suya». La acusación también indicó que al momento del ataque el hombre «se encontraba uniformado y en horario de servicio» y que en un momento «cargó el arma reglamentaria y le apuntó a la cabeza», reteniéndola cuando la víctima intentó escapar.

En su alegato final, el Fiscal de Cámara solicitó una pena de 11 años de prisión, pues agregó a la acusación original una ampliación de denuncia por «abuso sexual con acceso carnal» que formuló la mujer durante su declaración testimonial en el juicio oral.

A su turno, el Defensor Oficial Miguel Salomón solicitó la absolución por el beneficio de la duda, mientras que el acusado, en su indagatoria, negó los cargos y sostuvo que la mujer «se puede haber autolesionado».

El Tribunal valoró, entre otras pruebas, las certificaciones médicas, el informe de la Oficina de Atención a la Víctima y los informes de OITEL sobre las llamadas ingresantes al celular de la víctima en la madrugada del hecho, así como los testimonios recibidas a lo largo de las tres audiencias que tuvo el juicio. Toda la prueba complementó el relato de la víctima, otorgándole «credibilidad, no existiendo ninguna razón atendible que lleve a dudar acerca de la veracidad de sus manifestaciones», indicó el fallo.

En primer término la Cámara tuvo por acreditados los delitos de violación de domicilio, lesiones y la coacción con armas, esta última «configurada en la multiplicidad de acciones desarrolladas por C. desde y hasta que se retiró del domicilio de la víctima», lapso en el que «subyace la clara voluntad de producir intimidación, control y superioridad sobre la víctima; la intención de doblegar su voluntad, cosificándola, poniéndola a su merced».

También valoró que tras el hecho el uniformado se presentó «en la Unidad para retomar sus labores, como si nada hubiese ocurrido», lo cual «es una muestra evidente del grado de impunidad con el que se manejaba en ese pequeño pueblo, por su calidad funcional».

En cuanto al abuso sexual sin acceso carnal, el Tribunal lo tuvo por probado «tal como reiteradamente declaró la víctima en todas las oportunidades que tuvo». Sin embargo no pudo dar por acreditado el acceso carnal mencionado por la mujer, por primera vez, en el juicio oral. Los jueces sostuvieron que más allá del «convencimiento personal» sobre la verosimilitud de su declaración, la misma no cuenta con otras evidencias que la sostengan. En ese punto, señalaron que una denuncia oportuna «hubiese permitido (…) adoptar las medidas necesarias para preservar la prueba» mediante exámenes médicos y pericias.

El Tribunal no dispuso la prisión preventiva por no estar presentes los peligros procesales de fuga y entorpecimiento del accionar judicial, pero ordenó una serie de pautas de conducta al imputado entre las cuales está la prohibición de ausentarse sin autorización judicial por un lapso mayor a 24 horas de su lugar de trabajo y/o de su domicilio real, bajo apercibimiento de ordenarse su inmediata detención.

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Judiciales

Se compró un container como casa y sufrió varios desperfectos que terminaron en una demanda

En invierno se filtraba mucho frío y en verano, era imposible estar dentro por las altas temperaturas. Además, la humedad deterioró las superficies y se obstruyeron caños que dejaron la vivienda sin agua caliente.

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Promocionada en redes sociales como una solución moderna, sustentable y accesible, la vivienda se ofrecía con promesas de confort térmico, instalaciones completas y diseño funcional. El proyecto, difundido por Instagram, mostraba imágenes cuidadas de unidades construidas con containers marítimos reciclados, convertidas en hogares compactos listos para habitar.

Una de esas unidades fue vendida y entregada en Cervantes. La compradora pagó el valor total y recibió el módulo en el terreno acordado. En los papeles, se trataba de una pequeña casa con cocina-comedor, baño y dormitorio, equipada con servicios básicos y aislación térmica.

Pero la experiencia de uso fue muy distinta: en verano, las temperaturas interiores se volvieron insoportables; en invierno, el frío se filtraba por todas partes. La humedad, producto de la condensación, deterioraba las superficies. Los caños obstruidos, instalados sin criterio técnico, dejaron la vivienda sin agua caliente a pocos días de su uso.

La situación derivó en una demanda judicial por daños y perjuicios en el fuero civil de Roca. La compradora presentó pruebas documentales, fotografías, testimonios y conversaciones con el proveedor. El hombre no se presentó a contestar la demanda, fue declarado en rebeldía y la jueza interviniente tuvo por reconocida su responsabilidad.

Un informe técnico incorporado al expediente confirmó que la construcción no cumplía con ninguna normativa vigente en materia de aislamiento térmico. La aislación era insuficiente, mal colocada, sin barrera de vapor ni condiciones de confort mínimas. Se detalló que para hacerla habitable debía desmontarse gran parte de la estructura, reemplazar la aislación, rehacer muros, cielorrasos y pisos, y reacondicionar el sistema de agua.

El fallo acreditó el incumplimiento contractual, así como la violación a los deberes de trato digno e información previstos por la Ley N° 24.240. Se reconoció el derecho a una reparación integral, que incluye los costos de reconstrucción, los gastos ya afrontados, la necesidad de alojamiento alternativo durante las refacciones, y el daño moral provocado por la frustración del proyecto habitacional.

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Judiciales

Separaron a un docente por presunto delito contra la integridad sexual

La denuncia fue realizada por la familia de la víctima. La Junta de Disciplina instruyó un sumario.

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El Ministerio de Educación y Derechos Humanos separó a un docente de sus cargos tras una denuncia por presunto delito contra la integridad sexual, realizada por la familia de una estudiante de un establecimiento de San Antonio Oeste.

Tras recibir la misma, el equipo directivo de la institución llevó a cabo de manera inmediata la correspondiente denuncia en la Comisaría de la Familia de la localidad, a fin de que la Justicia pueda intervenir.

Al mismo tiempo, el Ministerio de Educación, con sus equipos de intervención territorial y técnicos de apoyo, activó los dispositivos pedagógicos con la familia y la institución.

La ministra de Educación y Derechos Humanos, Patricia Campos, instruyó al Consejo Provincial de Educación y a la Junta de Disciplina Docente a que se realice una investigación dentro del sistema educativo y, a su vez, a ponerse a disposición de la Fiscalía que recibió la denuncia.

La secretaria de Educación, Ana Laura Giovanini y los equipos directivos, técnicos y supervisivos brindaron contención y acompañaron a la familia, poniendo todo el sistema educativo a disposición.

Por otro lado, el docente denunciado fue apartado de sus cargos y la Junta de Disciplina Docente instruyó el respectivo sumario.

Desde el Ministerio se informó a la Justicia sobre todo lo actuado hasta el momento y se continúa trabajando con acciones y acompañamiento con los diferentes equipos directivos de las instituciones y la comunidad educativa.

«Es prioridad para este Ministerio de Educación y para el Gobierno de Río Negro actuar en forma inmediata en estos casos, garantizando los derechos de las y los estudiantes y de la comunidad educativa, dando prioridad al resguardo y protección de los niños y niñas», destacó la ministra.

En ese sentido es muy importante tener en cuenta las legislaciones nacionales en cuanto a la reserva de la identidad. La Ley Nacional N° 26.061 en su Art. 22, prohíbe exponer, difundir o divulgar datos, informaciones o imágenes que permitan identificar directa o indirectamente a niños, niñas y adolescentes, cuando constituyan injerencias arbitrarias en su vida privada o intimidad familiar.

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Judiciales

Robos, hurtos y estafas, los delitos más comunes en Río Negro

Las estadísticas se desprenden de un informe del Poder Judicial de la Provincia sobre causas del 2024.

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Durante 2024 ingresaron a las Oficinas Judiciales de toda la provincia de Río Negro un total de 6.942 legajos, lo que representa un incremento del 19% en comparación con el año anterior. De ese total, 6.189 causas fueron promovidas por el Ministerio Público ante la presunta comisión de algún delito.

Los delitos contra la propiedad fueron los más frecuentes, con 2.697 legajos, lo que representa el 43,59% del total promovido por el Ministerio Público. Esta categoría incluye hurtos, robos, estafas, daños materiales y otros hechos de similar naturaleza.

En segundo lugar se ubicaron los delitos contra la administración pública, con 933 legajos (14,75%). Comprenden atentado y resistencia a la autoridad, falsa denuncia, falso testimonio, encubrimiento y desobediencia a órdenes judiciales, entre ellas el incumplimiento de medidas cautelares por violencia de género.

Los delitos contra las personas generaron 829 causas (13,39%) e incluyen homicidios en todas sus formas, lesiones, abuso de armas y abandono de personas. Por su parte, los delitos contra la libertad sumaron 699 legajos (11,29%), entre ellos privaciones ilegítimas de la libertad, detenciones ilegales y violación de secretos.

También se contabilizaron 620 causas por delitos contra la integridad sexual (10,02%), como abusos sexuales con o sin acceso carnal, corrupción de menores, facilitación a la prostitución y exhibiciones obscenas.

El resto de los legajos registrados en 2024 corresponde a trámites de ejecución, exhortos y solicitudes administrativas (738 causas) y a querellas privadas (12 casos).

La información forma parte del relevamiento anual realizado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.

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