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Fallo del STJ ratifica cobertura de salud por parte de IPROSS

Es para una niña que padece trastornos generalizados del desarrollo.

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El Superior Tribunal de Justicia confirmó una sentencia de amparo de salud dictada por el Juzgado de Familia con sede en la ciudad de Luis Beltrán, que amplió la cobertura a una niña que padece trastornos generalizados del desarrollo. La prestación, de todas formas, comenzó a realizarse de manera integral antes del fallo actual.

La mamá de la niña presentó el amparo porque si bien la obra social estatal rionegrina le ofrecía una cobertura de distintos tratamientos requeridos, la excepcionalidad del caso requería otras medidas. La jueza en su resolución resaltó “que la prestación no ha sido negada, sí en cambio limitada a los valores de la hora que reconoce la obra social en concepto de honorarios de acompañante terapéutico como de psicopedagoga, como así también que la sesiones autorizadas han sido menos respecto de las sugeridas por los médicos tratantes, lo cual implica un tope a su reclamo”.

Por esta razón, “ordenó al IPROSS que arbitre los medios necesarios a los efectos de garantizar la asistencia de un acompañante terapéutico, en forma permanente y exclusiva y de una psicopedagoga para la niña, debiendo abonar los honorarios del profesional en forma total, como así también cubrir las demás erogaciones, en tanto la actora presente la documentación pertinente (natación y equino terapia) para llevar a cabo el tratamiento”.

La Jueza de Amparo destacó que conforme la naturaleza del planteo, “la vía excepcional intentada resultaba procedente toda vez que no existe otro medio más idóneo para tutelar en forma rápida y efectiva el derecho a la educación y salud de la niña, hija de la amparista”.

Amplió la cobertura, pero apeló

La obra social estatal informó que reconsideró “la situación particular de la afiliada y ha procedido a cumplir con la cobertura solicitada por la amparista en un 100%, garantizando la asistencia de un acompañante terapéutico en forma permanente y exclusiva, cumpliendo con lo presupuestado por la profesional”.

Además, realizó un reconocimiento de gastos realizados por la afiliada. En este punto, incluso, sobrecumplió el fallo, ya que la sentencia de instancia inicial resolvió que el amparo no era el mecanismo idóneo para solicitar dicho reconocimiento de erogaciones.

Sin embargo, la Fiscalía de Estado apeló el fallo de la jueza: “Entiende que a tenor de la documental agregada a la causa, la demandada jamás ha negado la prestación y que la decisión de la sentenciante de garantizar una maestra de apoyo a la inclusión en forma permanente y exclusiva a favor de la menor, ya estaba garantizada”.

Al tener que resolver, el Superior Tribunal de Justicia tuvo una postura mayoritaria, sustentada por tres votos. Afirmó, en consonancia con la Procuración General, “que resulta aplicable la doctrina de los actos propios, la cual sostiene que las pretensiones que ponen a la parte en contradicción con sus comportamientos anteriores jurídicamente relevantes devienen inadmisibles, recordando que el ordenamiento jurídico no protege las conductas contradictorias, mucho menos frente a quien tiene un doble plus protectorio por su condición de niña y estado de discapacidad”.

Para el voto minoritario, en cambio, atento a que ya se está cumpliendo con lo demandado, correspondía declararse la causa como abstracta.

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Intentó escapar de un control policial en bicicleta y terminó detenido: Tenía pedido de captura

El joven intentó refugiarse en una vivienda para evitar ser atrapado.

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Un joven de 23 años fue detenido el domingo (11/01) por la noche tras un rápido operativo realizado por personal de la Comisaría 31°, luego de intentar evadir un control preventivo en las inmediaciones de las calles Venezuela y Austria, en General Roca.

El hecho ocurrió mientras los efectivos realizaban tareas de prevención en la zona. Al advertir la presencia policial, el joven, que circulaba en bicicleta, emprendió la fuga, lo que dio inicio a un operativo de búsqueda por el sector.

Minutos después, el sospechoso fue localizado caminando e intentó ingresar a un domicilio para eludir a los uniformados. Sin embargo, fue reducido de manera inmediata, sin que se registraran riesgos para vecinos ni transeúntes.

Durante el forcejeo, el joven sufrió una lesión leve en uno de sus dedos al intentar atravesar un portón de chapa, por lo que fue trasladado al Hospital Francisco López Lima para su atención.

Tras ser identificado, se confirmó que tenía una orden de detención vigente emitida por la Fiscalía N° 4 en una causa por lesiones agravadas. Finalmente, quedó a disposición de la Fiscalía N° 8.

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Fue a la casa de su ex pareja pese a tener prohibición de acercamiento y terminó detenido

La restricción había sido dictada en el marco de una causa por violencia de género.

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Personal policial de la Comisaría 3° detuvo a un hombre de 37 años que fue hallado en la vivienda de su ex pareja, a pesar de contar con una orden judicial que le prohibía acercarse a la mujer.

Según la denuncia, la propia víctima se comunicó con la policía al advertir que su ex pareja se encontraba en el interior de su domicilio, ubicado en la calle Rodhe al 2000, violando la medida de restricción vigente.

Los efectivos acudieron rápidamente al lugar y confirmaron la presencia del hombre dentro de la vivienda. Tras corroborar la prohibición de acercamiento, procedieron a su detención.

El detenido fue trasladado a la unidad policial, donde quedó a disposición de la Fiscalía en turno, que dispuso iniciar las actuaciones correspondientes por el delito de desobediencia judicial.

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Violento ataque a tiros en una plaza de Roca: El acusado seguirá preso

Violento ataque a tiros en una plaza de Roca: el acusado seguirá preso

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre acusado de intentar matar a otro mediante el uso de un arma de fuego, en un violento episodio ocurrido a fines de noviembre en la ciudad de General Roca. La jueza de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos y dispuso la prisión preventiva del imputado.

De acuerdo con la acusación fiscal, el hecho ocurrió el viernes 28 de noviembre del 2025, alrededor de las 16.30 horas, en la vía pública, en inmediaciones de la plaza ubicada en calles España y Los Cardenales. En ese contexto, el imputado, que portaba un arma de fuego sin autorización legal, mantuvo una discusión con la víctima y, con intención de causarle la muerte, le efectuó dos disparos dirigidos al cuerpo.

Como consecuencia del ataque, la víctima sufrió lesiones graves en el hígado, el intestino grueso y el intestino delgado, lo que motivó su urgente traslado al Hospital Francisco López Lima.

Durante la audiencia se destacó que la intervención del sobrino de la víctima fue clave para evitar un desenlace fatal, ya que logró que el agresor se retirara del lugar y colaboró en el traslado del herido, junto a un hombre que pasaba circunstancialmente por el sector. Si bien el estado de salud se agravó durante la internación, el trabajo del personal médico permitió salvarle la vida.

La Fiscalía también atribuyó un segundo hecho, ocurrido inmediatamente después del ataque, cuando el imputado exhibió el arma de fuego al sobrino de la víctima, generándole temor, para luego darse a la fuga.

Como sustento probatorio, el Ministerio Público Fiscal mencionó testimonios de testigos presenciales, entre ellos el del sobrino, quien refirió conflictos previos entre las partes, además del proyectil secuestrado, las lesiones acreditadas, el traslado al hospital y demás constancias reunidas en la investigación.

La orden de detención había sido dispuesta el mismo viernes (28/11), en atención a la gravedad del hecho, aunque el imputado fue detenido recién el lunes (05/01).

La Defensa Penal se opuso a la formulación de cargos, al sostener que existió un supuesto amedrentamiento previo por parte de la víctima y que el acusado habría actuado en legítima defensa. No obstante, la jueza consideró que la evidencia reunida hasta el momento respalda la hipótesis fiscal, aclarando que la defensa podrá producir prueba durante la investigación.

Finalmente, se dispuso un plazo de dos meses de investigación penal preparatoria y la prisión preventiva del imputado por el mismo período, fundamentada en la falta de arraigo, el riesgo de fuga y los antecedentes penales del acusado.

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