Judiciales
Se reanudó el debate por el homicidio de la bioquímica Ana Zerdán
Hoy declararon cuatro testigos, entre ellos dos policías.

Esta tarde, a las 13.30 horas, el Tribunal de la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti continuó con la realización del juicio que tiene como imputados a Juan Carlos Aguirre, entonces pareja de Ana Zerdán, y a su hijo Juan Manuel Aguirre Taboada. El lunes de la semana pasada el Tribunal resolvió que los videos de los testimonios que declararon en el juicio de 2008 sólo se van a reproducir hasta la primera intervención de la querella, que renunció con anterioridad a la realización de este debate.
En consecuencia, en la jornada de hoy se reprodujeron los testimonios de Valeria Montelpare, de Dora Inés Romero, del oficial de Policía José Luis Barreiro y del comisario Leonardo Riveros. En los cuatro casos, sólo se observó la parte en la que intervino la Fiscalía y la defensa.
Montelpare declaró en aquella oportunidad que conocía a la bioquímica Ana Zerdán porque vivía frente al laboratorio. Informó que cómo trabajaba en una entidad bancaria, Zerdán le consultó sobre un crédito hipotecario que, según la testigo, pretendía gestionarlo para comprarle un departamento a su pareja.
El segundo testimonio que se reprodujo en la jornada de hoy fue el de Dora Inés Romero. A preguntas del entonces fiscal de cámara Ricardo Maggi la testigo respondió que el día previo al homicidio había visto a la bioquímica subirse a un auto blanco en compañía de un hombre.
El oficial de la Policía José Luis Barreiro informó, durante su declaración, que fue uno de los primeros en llegar al laboratorio. Dijo que se encontró con Juan Carlos Aguirre y que le consultó que había sucedido. Luego, según lo que se observó en el video, el uniformado detalló que “vio un bulto tapado” y que “por debajo salía sangre”. Al descubrir ese cuerpo se dio cuenta de que era una persona de sexo femenino, que tenía el rostro “totalmente desfigurado”. Finalmente, Barreiro dijo que se trasladó hasta el exterior del laboratorio y que resguardó el lugar con una “consigna”. Después informó que ampliaron el vallado a toda la cuadra.
Finalmente también se reprodujo el testimonio del comisario Leonardo Riveros. El uniformado informó que en ese momento él era jefe de la Unidad 77 de General Roca. Aseguró el comisario que él se presentó en el Juzgado 8 y habló con el juez Juan Torres, que le tomó declaración testimonial porque el acusado Juan Carlos Aguirre había estado en la unidad policial a las 20 hs del día previo a que se produjera el hallazgo del cuerpo de la bioquímica. En ese momento Aguirre organizaba rifas para la cooperadora de la Policía y su visita a la unidad se produjo en el contexto de esa actividad, según los dichos de Riveros.
En la jornada de hoy, la Fiscalía aportó un listado de 23 testigos que, según su criterio, son los que les interesa que se presenten a declarar al debate. La defensa también adelantó que confeccionó su propio listado.
El tribunal de la Cámara Segunda fue integrado para este juicio por el camarista Julio Sueldo y por los vocales Santiago Márquez Gauna y Florencia Caruso, los tres subrogantes.
El defensor público Juan Pablo Piombo asiste a los acusados Juan Carlos Aguirre y a su hijo Juan Manuel Aguirre Taboada. El fiscal es Marcelo Gómez.
Los dos procesados fueron sometidos a juicio en 2008 ante la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti. En aquel momento resultaron absueltos.
En casación, el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro anuló la sentencia absolutoria pero convalidó la prueba producida en ese debate y ordenó la realización de un nuevo juicio. El debate de 2008 fue grabado y los soportes digitales quedaron incorporados en la causa. El juicio se está desarrollando con la reproducción de las grabaciones.
Ana Zerdán fue asesinada en su laboratorio de Cipolletti el 17 de septiembre de 1999. Fue atacada en el baño y recibió un golpe mortal en la cabeza.
El lunes de la semana pasada, el fiscal Marcelo Gómez solicitó que se dejara sin efecto la incorporación de los videos y se disponga la citación de los testigos a la audiencia de debate.
Además, indicó que de las declaraciones de los peritos reproducidas hasta el momento pudo “corroborar que la huella encontrada en la tapa de la mochila del inodoro del laboratorio no corresponde a ninguno de los imputados por lo cual no es un hecho controvertido y no va a ser utilizado en contra porque ha quedado más que claro que la huella no les pertenece”.
Sobre la primera petición, el tribunal resolvió hacer lugar parcialmente al planteo de la Fiscalía. Es decir, se van a reproducir los videos de los testimonios grabados en 2008 hasta la primera intervención de la querella. Concluida esta etapa, las partes podrán solicitar la comparecencia de los testigos a este debate.
Judiciales
Una duda familiar lo llevó descubrir su verdadera identidad: Impugnó su paternidad, pero conservará el apellido
Decidió conservar su apellido porque, más allá de la falta de vínculo biológico, quien lo crió siempre ejerció el rol de padre.

Una de sus hermanas decidió hacerse una prueba de ADN por sus propios medios. Los resultados demostraron que la persona que la había criado no era su padre biológico. A partir de esa información, el hombre también comenzó a dudar sobre su verdadera identidad. Consultó a su madre, pero ella no aportó datos relevantes. Sin información certera, acudió al Poder Judicial.
El fuero de Familia de Luis Beltrán resolvió la demanda de impugnación de paternidad y rectificó la filiación del hombre. A pesar de este cambio, él expresó su voluntad de conservar el apellido, ya que con ese nombre se identifica social y afectivamente.
Durante el proceso se autorizó una prueba genética entre él y quien había cumplido el rol paterno. El informe pericial concluyó que no existía vínculo biológico entre ambos. Con base en la pericia genética, se resolvió desplazar el reconocimiento paterno.
El Tribunal reconoció el derecho del hijo a conocer su identidad biológica y a contar con un emplazamiento filial que refleje esa realidad.
El hombre decidió conservar su apellido porque, más allá de la falta de vínculo biológico, quien lo crió siempre ejerció el rol de padre. Se analizó este planteo desde una perspectiva dinámica del derecho a la identidad. Reconoció que el apellido no solo se vincula con lo jurídico, sino que también constituye un aspecto profundo de la autopercepción y pertenencia.
En tanto, la sentencia ordenó la rectificación del acta de nacimiento en el Registro Civil correspondiente, eliminó el nombre del padre y dejó constancia únicamente de la madre.
Judiciales
Uno de los adolescentes imputados por el crimen de Julián Dobra se quitó la tobillera
Finalmente fue localizado en su vivienda y ahora lo internarán en uno de los dispositivos de la SENAF, hasta que continúe el proceso.

Este mediodía (09/10) la Fiscalía solicitó que se modifique la detención de uno de los menores imputados en el legajo que investiga el homicidio de Julián Dobra, tras la notificación por parte la Unidad de Arresto Domiciliario por Monitoreo Electrónico que el adolescente se había quitado el dispositivo.
«Tras esa confirmación, durante la tarde de ayer (08/10) la Policía se hizo presente en la vivienda donde el joven venía cumpliendo la medida. De manera inmediata intervino la Brigada de Investigación y se convocó a la Unidad de Canes para dar con él. Sin embargo, durante esta mañana el adolescente se encontraba en su casa nuevamente», explicó el equipo fiscal.
En la audiencia, el Ministerio Público Fiscal explicó que «pesa sobre el menor punible una imputación por un hecho grave, en calidad de participe primario. El 14 de agosto pasado se dictó una medida cautelar teniendo presente el peligro procesal de entorpecimiento a la investigación, sin embargo, con la actitud desplegada, hoy se suma el de fuga. Por ello es que con presencia de personal de SENAF es que solicitamos que sea internado en uno de los dispositivos que dicho organismo cuenta para este tipo de casos«.
Por su parte, la defensora pública de menores punibles explicó que «se ha trabajado en este tema, no se han encontrado otras medidas alternativas por eso se adhiere al pedido de la Fiscalía».
Finalmente, el juez de Garantías interviniente resolvió en pos de lo planteado por la Fiscalía.
Datos e imágenes de menores
Al inicio de la audiencia, la defensora de menores volvió a solicitar, a través del juez interviniente en este legajo, que se inste a los medios de comunicación de mantener la prohibición de publicar datos e imágenes de los menores que están involucrados en este o en cualquier otro legajo.
La defensora invocó, además de normativa provincial, la Ley Nacional N° 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley Nacional N° 20.056 sobre la prohibición de la difusión o publicidad de hechos referidos a menores de edad. Tal como indica la normativa internacional de raigambre nacional y provincial.
Judiciales
Le robaron el celular y le negaron cobertura porque no entregó la factura ni el cargador
La Justicia falló a favor de la víctima y falló contra la empresa de seguros.

Una mujer entrenaba al aire libre en Roca cuando sufrió el robo de su riñonera. Adentro tenía las llaves de su casa y un teléfono celular. Rápidamente hizo la denuncia policial y el reclamo ante el seguro.
El dispositivo contaba con cobertura de protección para portátiles. Cumplió con todos los requisitos, pero la aseguradora rechazó la cobertura. Ante la falta de respuesta, presentó una denuncia en Defensa del Consumidor. Finalmente, recurrió al Poder Judicial.
El fuero Civil de Roca hizo lugar a la demanda contra BBVA Consolidar Seguros S.A y y la mujer será indemnizada por los daños y perjuicios. La jueza consideró que entre las partes existió una relación de consumo, lo que implica la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor.
La empresa de seguros alegó que la mujer no presentó documentación complementaria indispensable para probar el siniestro. Mencionó la falta de la factura de compra, la caja del celular, el cargador, los manuales y otros accesorios. También solicitó la constancia de bloqueo de IMEI y la verificación del dispositivo móvil mediante las plataformas Gmail y Hotmail.
Con la prueba presentada, se acreditó que la mujer cumplió con los requisitos formales: denunció dentro del plazo, presentó la denuncia policial y remitió la documentación básica solicitada. Respecto de los elementos reclamados por la aseguradora, la jueza resolvió que esos requisitos no surgían del contrato firmado.
El fallo establece que el proveedor debe brindar información adecuada, clara y completa durante toda la vigencia del contrato. La falta de información y la negativa injustificada a cubrir el siniestro constituyeron un incumplimiento contractual grave.